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Sistema venezolano de derecho internacional. Aurinel Leon

Sistema venezolano de derecho internacional. La metodología utilizada en la solución de los casos con elementos extraños está íntimamente relacionada con el tipo de norma que se emplea en esta rama del derecho. El clásico y tradicional método savigniano dispone de normas de conflicto, indicadoras o indirectas, que determinan el ordenamiento jurídico aplicable, dejando a una fase posterior la solución material del caso. El método sustantivista aplica normas materiales que posibilitan una solución directa. Ambos métodos no pueden renunciar a ciertos mecanismos de defensa que se reflejan en las normas imperativas o de aplicación necesaria o inmediata, que son también de carácter material. Norma de Conflicto Tomado de Materiales de Yaritza Pérez Pacheco. C (2012) A. Normas de Derecho Internacional Privado 1. Normas de conflicto. 2. Normas materiales: a. Normas de aplicación necesaria o inmediata. b. Normas materiales que regulan casos con elementos de extranjería (leyes uniformes y leyes m...

Referencia de la casacion en leyes extranjeras, Aurinel leon

Referencia al Recurso de Casación Se ha debatido ampliamente la materia relacionada con el re­curso de casación con motivo de la aplicación de leyes extranjeras. El pensamiento clásico asimilaba el Derecho extranjero a una cuestión de hecho (quid facti) y, de consiguiente, planteaba la improcedencia del recurso en los casos de infracción o incorrección respecto de la aplicación judicial de las normas del Derecho foráneo, con el argu­mento fundamental de que la casación no conoce de los hechos sino del Derecho. Contra la admisión del recurso se ha tratado de privilegiar el argumento de que si bien la casación tiene por objeto proteger la unidad de la legislación y garantizar la uniformidad de la jurisprudencia, tal objetivo está limitado a la aplicación de las leyes nacionales. Siendo así, las infracciones de las leyes extranjeras por parte de los tribunales de un Estado, no pueden dar lugar a la casación dado que la institución casacional no va más allá de la aplicación correcta y la u...

La casacion, Aurinel Leon

La casacion. En cuanto a la naturaleza jurídica de está institución, se puede adelantar que la casación es un recurso extraordinario y supremo, dedicado primordialmente a resolver cuestiones de derecho, y que, en principio, no decide acerca de la materia de fondo de la controversia. Según el Diccionario de la Lengua Española, la palabra casar deriva del latín casare, de cassus, vano, nulo y, en su acepción para el lenguaje forense, significa anular, abrogar, derogar. A la vez, el vocablo casación quiere decir acción de casar o anular. Y por recurso de casación se entiende, el que se interpone ante el grado supremo de la jerarquía judicial contra fallos definitivos o laudos, a los cuales se les atribuyen infracciones de leyes o de doctrina legal, o quebrantamiento de alguna formalidad esencial del procedimiento, para obtener la anulación de la sentencia. De la definición que antecede, se deduce que la casación es parte del proceso, porque en su tramitación interviene, en todos los casos...

Factores de Conexion, Aurinel Leon

Factores de Conexion. Los factores de conexion tienen por funcion vincular la norma de conflicto con el derecho aplicables, eso quiere decir, LEX FORI Y LEX CAUSSAE. En las conexiones de la norme de conflicto se pueden asumir distintas variables:  1) Según si la norma o normas de conflicto utilizan uno o más factores de conexión. las conexiones múltiples, a su vez, pueden ser disyuntivas, cuando se trata de examinar requisitos, favorecen la validez del acto. En el mismo caso las conexiones copulativas hacen más dificil la validez del acto. 2)  CONEXIONES MUDABLES E INAMOVIBLES. Según si alteran o no por el transcurso del tiempo.  3) CONEXIONES PRINCIPALES Y SUBSIDIARIAS. Según si se aplican en primer lugar o solo si fall la conexión que debiera aplicarse. La existencia de conexiones subsidiarias evita que se deje de aplicar la norma de conflicto si falla la conexión principal. ELECCIÓN DE LOS FACTORES DE CONEXIÓN Depende en gran medida, del enfasis territorial o per...

El fraude en la Ley (Efectos)

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Esta bien claro en entradas anteriores en que consiste el fraude en la Ley de Derecho Internacional Privado, por tal motivo en esta ocasión vamos a abordar cuales son aquellos efectos que se producen al momento de violar el ordenamiento jurídico por beneficio propio y así de esta forma obtener un resultado ilícito usando como medio la modificación de los factores de conexión. Dichos factores son esencial al momento de determinar que ordenamiento jurídico se va a utilizar para resolver los conflictos, es por ello que allí radica en gran parte el fraude a la ley. Ahora bien los efectos se relacionan con su sanción, que consiste en tener por no efectuada la maniobra y aplicar el derecho que se intentó evadir negando todas las consecuencias derivadas de la acción fraudulenta. Respecto de la victima del fraude: el punto de conexión no se realizó y se niegan las consecuencias derivadas del fraude. Respecto del país cuya ley se invoca: defender el foro de una ley contraria ...

Clasificación de los Factores de Conexión.

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Los factores de conexión son aquellos elementos o medios técnicos idóneos para determinar la ley aplicable en determinadas controversias de índole internacional. Estos factores cumple una función esencial lo cual permite determinar que ley aplicar para resolver los conflictos. Los mismos se pueden clasificar de la siguiente manera: Puede ser de acuerdo a su contenido: Personales. Son aquellos que tienen que ver con los atributos de las personas naturales o jurídicas. Ejemplo nacionalidad o domicilio. Reales. pueden ser de bienes (donde están ubicados etc.) o sobre los actos, donde se ejecuta, donde se materializa la obligación. Voluntarios. Las partes pueden determinar a qué ordenamiento jurídico, corte o ley nos vamos a someter en caso de un conflicto, esto es lo que justifica la existencia la figura del arbitraje. Según su Naturaleza: Conceptos jurídicos. Ideas elaboradas por el ser humano que pueden ser cambiadas con el paso del tiempo, ejemplo el do...

El Domicilio como factor principal de conexión en el Derecho Internacional Privado.

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En nuestro país a partir de la entrada en vigencia la Ley de Derecho Internacional Privado de 1998 se cambia el factor de conexión confiriéndole un grado superioridad y desplazando a un segundo plano el anterior, antes era la nacionalidad pero a partir de la promulgación de la ley antes mencionada, se modifico y paso a ser el domicilio entendido bajo la forma que está en la Ley de Derecho Internacional Privado en el Art. 11 que es donde se reside habitualmente. Sin embargo en el area civil o mercantil el termino domicilio es aquel lugar donde se poseen los intereses, debido a ello hubo mucha resistencia al cambio alegando que no era posible. Por tal motivo se llego a un consenso de que existen dos acepciones de domicilio, en casos internos se aplica el del código civil y en casos de Derecho Internacional Privado el del Art. 11 de mencionada ley. Cuando una persona tiene doble nacionalidad, presentaba un serio problema para ver que ley prevalecía y para evi...