LA TEORIA DE LA NORMA DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

LA TEORIA DE LA NORMA DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO


 
La presencia de ciertas circunstancias de vinculación entre la hipótesis legal de la norma jurídica de un Estado y una situación de hecho que reúne los extremos fácticos previstos en esa regla jurídica que le hará rebasar los límites territoriales del sistema a que pertenece y se aplicara en otro Estado.

La posibilidad de aplicación extraterritorial de la norma tiene dos aspectos:

        Activo.- la norma jurídica de un Estado penetra, con vigencia, en el territorio de una entidad estatal diversa.

        Pasivo.- el Estado sin sentir afectada su soberanía, permite la introducción de una norma extraña a su sistema jurídico.
 Ramona del C. Torcates.
EXP. cjp-141-00351v
 
 
 
 
 
 

Comentarios

  1. Es de señalar que la norma se clasifica en norma de importación aquellas normas que me digan la aplicación de una norma extranjera. La normas de exportación las que se aplican incluso a los extranjeros, las normas internas fueron creadas para aplicárselas a los nacionales, también existe otro criterio de norma que es norma unilateral regulan un solo lado de la situación, me indican que debo aplicar a mis nacionales y Normas Bilaterales o multilaterales, regulan la situación en general sin distinguir entre nacionales y extranjeros.

    L

    ResponderEliminar
  2. Naturaleza Jurídica del Derecho Internacional Privado: El Derecho Internacional Privado no se puede comprender en el Derecho Público ni Derecho Privado, ya que las normas del Derecho Internacional Privado son formales y abstractas, son normas de designación de las cuales no se pueden afirmarse su carácter público o privado

    ResponderEliminar

Publicar un comentario

Entradas populares de este blog

FUNCIONES DEL REEVÍO - CLASES DE REENVÍO

EL REENVÍO EN LA JURISPRUDENCIA Y LA LEGISLACIÓN

ORIGEN DEL REENVÍO