El reenvío. Concepto. Origen. Clasificación. Reenvío en la legislación, jurisprudencia y doctrina. El reenvío en Venezuela.
    El reenvío es aquel mecanismo para solucionar los conflictos entre dos Estados, donde se decide cuál es la ley conveniente. Este tiene su origen en el conflicto negativo de leyes, cuando la norma de conflicto del foro y la norma de conflicto donde la ley extranjera declara aplicable  se privan de la regulación, donde ninguna de las dos es competente.
Existen formas de reenvió, que son en grados el de primer grado o reenvió simple, es cuando el juzgador (tribunal) supone la regla de conflicto extrajera y señala la regla de conflicto el propio juzgador (tribunal); el segundo grado o reenvió ulterior donde el segundo país remite a un tercer país para que conozca el conflicto.
 Dentro de la legislación venezolana permite un reenvió de segundo grado, establecido en el artículo 4 de la Ley Derecho Internacional Privado, se fundamenta legalmente en el artículo 3 de la Ley Derecho Internacional Privado,  cuando el Derecho extranjero competente declare aplicable el Derecho de un tercer Estado que, a su vez, se declare competente, deberá aplicarse el Derecho interno de este tercer Estado

Lilibeth Camacaro
CJP-123-00099V





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