El reenvío. Concepto. Origen.
Clasificación. Reenvío en la legislación, jurisprudencia y doctrina. El reenvío
en Venezuela.
El reenvío es aquel mecanismo para
solucionar los conflictos entre dos Estados, donde se decide cuál es la ley
conveniente. Este tiene su origen en el conflicto negativo de leyes, cuando la
norma de conflicto del foro y la norma de conflicto donde la ley extranjera
declara aplicable se privan de la
regulación, donde ninguna de las dos es competente.
Existen
formas de reenvió, que son en grados el de primer grado o reenvió simple, es
cuando el juzgador (tribunal) supone la regla de conflicto extrajera y señala
la regla de conflicto el propio juzgador (tribunal); el segundo grado o reenvió
ulterior donde el segundo país remite a un tercer país para que conozca el
conflicto.
Dentro de la legislación venezolana permite un
reenvió de segundo grado, establecido en el artículo 4 de la Ley Derecho
Internacional Privado, se fundamenta legalmente en el artículo 3 de la Ley
Derecho Internacional Privado, cuando el
Derecho extranjero competente declare aplicable el Derecho de un tercer Estado
que, a su vez, se declare competente, deberá aplicarse el Derecho interno de
este tercer Estado
Lilibeth Camacaro
CJP-123-00099V

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