EL FRAUDE A LA LEY
El FRAUDE A LA LEY
Quién
realiza un fraude en el Derecho Internacional Privado lo que quiere es librarse
de una norma de derecho material interno, porque le resulta negativa o incómoda
lo cual se lograría mediante el reemplazo de la vigencia de las normas internas
por la de cualquier otra norma interna extranjera que no le ordena lo que a él le estorba o
permite lo que busca. El medio técnico para concretar esta conducta, es la
manipulación de un factor de conexión establecido en su propia norma de
conflicto.
Según
Bonnemaison (2008), el fraude a la ley es:
El cambio deliberado y consciente
de un factor de conexión con el propósito de descartar las prescripciones de un
sistema legal al que una persona está normalmente vinculada, para sustituidas
por las de un ordenamiento más favorable a sus intereses. Existe fraude cuando
el cambio de ley, en lugar de ser una consecuencia normal del uso del factor de
conexión, ha sido el objeto de dicho cambio obtenido por medios engañosos.
En el
Digesto de Paulo se explica que el fraude a la ley se da cuando salvando la
letra de la ley, se llega a un resultado por un camino equivocado o incorrecto.
El meollo del fraude consiste en burlar el espíritu de la norma para lo cual la
persona se refugia en el texto de la misma norma. La razón técnica del fraude
no implica una violación formal de las reglas del Derecho, pero si implica el
uso de una norma de conflicto para sustituir la conexión hacia un ordenamiento
jurídico que le favorezca, de acuerdo al interés que este pueda tener sobre
determinado tema.
Ivonne Hernández
EXP. CJP-141-00064-V
EXP. CJP-141-00064-V


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