CLASIFICACIÓN DEL REENVÍO
CLASIFICACIÓN DEL REENVÍO
El reenvío se clasifica en:
- De Primer Grado o de Retorno: tiene que ver cuando la norma de conflicto se envía al Estado de derecho extranjero y luego la norma de conflicto del Estado de ese derecho extranjero se vuelva a enviar al primero, es decir ida y vuelta.
- De Segundo Grado: significa que la norma de conflicto se traslada al Estado de derecho extranjero y la norma de conflicto de ese Estado de derecho extranjero se reenvía de otro Estado de derecho extranjero, distinto al de los dos anteriores.
3. De Retorno Inmediato: es
aquel que se aplica poco en el derecho internacional y cuyas normas e
instrucciones se establecen para los tribunales internacionales. Ocurre por
respuesta de correspondencia.
4. Reenvío Circular: este tipo
de reenvío se aplica en que distintas legislaciones se remiten la una a la otra
sin que ninguna de las dos acepte la competencia que le corresponde sobre la
materia, puesto que las normas para solventar
los conflictos son distintas, llegándose a formar una cadena sin fin.
Ivonne Hernández
Exp. CJP-141-00064-V

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