CLASIFICACIÓN DEL REENVÍO



CLASIFICACIÓN DEL REENVÍO
El reenvío se clasifica en:
  1. De Primer Grado o de Retorno: tiene que ver cuando la norma de conflicto se envía al Estado de derecho extranjero y luego la norma de conflicto del Estado de ese derecho extranjero se vuelva a enviar al primero, es decir ida y vuelta.
  2. De Segundo Grado: significa que la norma de conflicto se traslada al Estado de derecho extranjero y la norma de conflicto de ese Estado de derecho extranjero se reenvía de otro Estado de derecho extranjero, distinto al de los dos anteriores.



3. De Retorno Inmediato: es aquel que se aplica poco en el derecho internacional y cuyas normas e instrucciones se establecen para los tribunales internacionales. Ocurre por respuesta de correspondencia.   
4. Reenvío Circular: este tipo de reenvío se aplica en que distintas legislaciones se remiten la una a la otra sin que ninguna de las dos acepte la competencia que le corresponde sobre la materia, puesto que las normas para solventar los conflictos son distintas, llegándose a formar una cadena sin fin.  

Ivonne Hernández
Exp. CJP-141-00064-V

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