EL REENVÍO EN LA DOCTRINA
EL REENVÍO
EN LA DOCTRINA
Existen varias teorías que buscan justificar el reenvío
en la doctrina. Entre ellas están las siguientes según señala Pérez Mónica
(2016) en su Blog sobre el Derecho Internacional Privado:
1- Teoría del Desistimiento: La norma de conflicto extranjera a la que se hizo
el primer envío se desiste de su competencia, se desinteresa de regular el
caso, razón por la cual el tribunal juzgador que hizo el envío, en un reenvío
acepta la competencia de su norma nacional establecido por la norma de
conflicto extranjera.
2- Teoría de la Remisión Integral: Pera esta la legislación extranjera forma un todo
indivisible.
3- Teoría de la Coordinación: Su principal exponente es Batiffol, para este el
reenvío debe basarse en la coordinación de la norma de conflicto propia con la
extranjera, mediante una combinación de las norma conflictuales de modo cual
que se busque un resultado aceptable por parte de los dos estados.
4- Teoría de la Doctrina Clásica: Considera el reenvío como un abandono de la regla
francesa de conflicto en provecho de la regla extranjera.
Esta doctrina tiene cierta razón
sin embargo no existe tal abandono, ya que la regla extranjera no entra en
juego por milagro, sino por la designación de nuestra reina de conflicto.
Sin duda el reenvío, específicamente, el de primer
grado, pese a la amplia corriente doctrinaria que se opone a su admisión, ha tenido una sólida
base, en la jurisprudencia y en la legislación de muchos países, lo que hace
difícil no aceptar su realismo.
Algunos ven la aceptación del reenvío en el hecho
de que este culmina con la aplicación de la ley material del tribunal juzgador
que conoce el asunto.
Ivonne Hernández
Exp CJP-141-00064-V
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